Finalmente, el Congreso de la República sancionó la tan debatida reforma tributaria que como regla general entra a regir a partir del 1 de enero del 2023.
En su momento informamos que el núcleo central de posibles impactos al sector no lucrativo estaba justamente en las normas del régimen tributario especial que se vienen aplicando desde la entrada en vigor de la ley 1819 del 2016 con vigencia a partir del 1 de enero del 2017. Y en tal medida se hacía importante concentrar la atención en dicho régimen tributario que gira en torno a cuatro grandes grupos: (i) Régimen de entidades no contribuyentes (artículo 22 del ET; (ii) Régimen de entidades no contribuyentes declarantes (artículo 23 del ET); (iii) Contribuyentes del Régimen Tributario Especial (artículo 19 del ET); (iv) Contribuyentes del Régimen Ordinario por voluntad propia (artículo 19 del ET).
Encuentre más información en el link de boletines 2023, boletín 1, de la página web de la
oficina www.jpabogados.co con gusto atenderemos inquietudes.
Cordial saludo
JUAN CARLOS JARAMILLO DIAZ
j.jaramillo@jpabogados.co